LIBROS ELECTRONICOS
Hay dos
formas o sistemas para llevar los Libros Electrónicos: desde el portal de la
SUNAT, llamado SLE Portal y el segundo llamado Sistema PLE o Programa de
Libros Electrónicos que se realiza desde los sistemas del contribuyente.
Es muy
importante tomar conciencia, que hay libros electrónicos que ya son
obligatorios para el universo de empresas de mayores ingresos en sus ventas
(Registro de compras y de Ventas) y gradualmente seguirá aumentando la
cantidad de usuarios obligados y sólo en casos de ingresos pequeños, esta forma
de llevado electrónica será voluntaria y la podrán alternar con las otras dos
formas: manual o computarizada.
A
partir de enero de 2016, los usuarios de los sistemas de Libros electrónicos se
sujetan al siguiente cronograma de aplicación:
Primer
segmento: Los Principales Contribuyentes Nacionales incorporados por la SUNAT
al sistema electrónico
Libros
Obligatorios
de forma
Electrónica
|
Registro de Ventas y Registro
de Compras
|
Fecha de
Inicio de uso
|
Desde
Enero de 2013
|
Libros Diario y Mayor
|
Desde Junio de 2013
|
||
Libros de Inventarios y
balances, Registro de costos y Registro de activos fijos
|
Desde Enero de 2016 (El llevado
es anual)
|
||
Registro de Consignaciones,
Libro de Inventario Permanente de Unidades Físicas y Libro de Inventario
Permanente valorizado
|
Desde Enero de 2016 ( El
llevado es mensual)
|
Segundo
segmento: Resto de contribuyentes (Medianos y Pequeños Contribuyentes)
OBLIGADOS a llevar de forma electrónica el Registros de Compras
y el Registro de Ventas,
según volumen de ingresos se sujetan al siguiente cronograma:
Registros obligatorios de forma
electrónica
|
Volumen de ingresos
|
Fecha de inicio de uso
|
Registro de Compras y Registro
de Ventas
|
Ingresos mayores a 500 UIT (S/
1 825,000 ) entre los meses de julio 2012 a junio 2013
|
Desde enero de 2014
|
Ingresos mayores a 150 UIT
(S/570,000) entre los meses de enero a diciembre de 2014
|
Desde enero de 2015
|
|
Ingresos mayores a 75 UIT (S/
288,750) entre los meses de enero a diciembre de 2015
|
Desde enero de 2016
|
Tercer
segmento
Los
contribuyentes, afiliados al Programa de Libros Electrónicos (PLE) o los que
generen sus libros (Generadores) desde el portal de la SUNAT, podrán llevar de
forma VOLUNTARIA, el Registro de Ventas y Registro de Compras.
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/empresas-menu/libros-y-registros-vinculados-asuntos-tributarios-empresas/informacion-general-sobre-libros-y-registros-empresas
No hay comentarios.:
Publicar un comentario